LA DISCAPACIDAD COMO LÍMITE

Para
empezar conceptualizaré dos palabras: 1- discapacidad, 2- límite.
·
La discapacidad es la manera
como la sociedad llama las personas que tienen alguna deficiencia física,
mental, intelectual y racional a largo plazo, y que estas pueden de una u otra
forma impedir la participación plena y efectiva en la sociedad.
·
Un límite puede definirse
como aquello que me dice o muestra hasta donde puedo ir o llegar.

Remontándome
en la historia, nunca se tuvo como algo “bueno” padecer una discapacidad. La
humanidad empezó con el infanticidio para la purificación de la raza,
pensándose como la solución a algo maldito y que traía malas cosas. La
discapacidad era sinónimo de desgracia, maldición, muerte, mendicidad,
marginación; padecer una discapacidad era estar en un estado eugenésico.
Poco
a poco y después muertes y de muchas luchas se empezó a pensar en la
discapacidad como algo médico que tal vez y dependiendo de su nivel, tenía cura
o podía ser controlada. Las leyes ahora “amparan” la discapacidad… sí, la
“amparan” con límites que crea la sociedad para las personas discapacitadas;
¿por qué me atrevo a decir esto?, ¿acaso no es tan evidente?
Estamos
en un mundo para “normales” y “perfectos”
que segrega cada día y limita el acceso al mundo, a ese mundo que aún no
se atreve a ver a los ojos a un discapacitado como una persona. En 1982 se crea
una ley de integración para minusválidos donde los definen de la siguiente manera:
“minusválido será toda persona cuyas posibilidades de integración educativa,
laboral o social se hallen disminuidas por consecuencia de su deficiencia”. (Modelo social de discapacidad: orígenes,
caracterización y plasmación en la convención internacional de los derechos de
las personas con discapacidad). Mismo año en el que nace Nicholas James Vujicic o Nick Vujicic (Melbourne, 4 de
diciembre de 1982) una de tantas personas que
pueden, según la anterior definición considerarse minusválidas (Nick no tiene
extremidades), ahora esta persona no “normal” tiene un empleo, una esposa,
hijos, es escritor motivacional y muchas cosas más… entonces la pregunta es;
¿aplica esta definición para el anteriormente mencionado?, ¿quién generó el
límite?
Existen
muchas leyes, normas y estatutos que quieren hacer de la discapacidad algo
normal, donde decretos sobre dignidad, respeto, igualdad y más solo crean
segregación. Normas y leyes creadas para discapacitados sin ayuda y orientación
de “uno” de ellos. Y con lo que he dicho no quiero decir que todo este mal, o
que no se quiera hacer algo para tratar de manera igual a un minusválido, pero
si se pide igualdad; entonces para qué segregar. Reitero no todo está mal o se
hace mal…
La
declaración mundial (marzo de 1990) sobre educación para todos busca satisfacer
las necesidades básicas de aprendizaje, es donde la INCLUSIÓN aparece diciendo
los “discapacitados” a las aulas.
Iniciativa que me gusta mucho y que personalmente apoyo, hasta que el docente
encargado no es “apto” para una discapacidad mental o intelectual. El decreto
366 (9 de febrero de 2009) reglamenta la organización del servicio de apoyo
pedagógico para estudiantes con discapacidades y talentos excepcionales.
“Se entiende por estudiante
con discapacidad aquel que presenta un déficit que se refleja en las
limitaciones de su desempeño dentro del contexto escolar, el cual le representa una clara desventaja
frente a los demás, debido a las barreras físicas, ambientales, culturales,
comunicativas, lingüísticas y sociales que se encuentran en dicho entorno. La
discapacidad puede ser de tipo sensorial como sordera, hipoacusia, ceguera,
baja visión y sordoceguera, de tipo motor o físico, de tipo cognitivo como
síndrome de Down u otras discapacidades caracterizadas por limitaciones
significativas en el desarrollo intelectual y en la conducta adaptativa, o por
presentar características que afectan su capacidad de comunicarse y de
relacionarse como el síndrome de Asperger, el autismo y la discapacidad
múltiple”.
(Decreto
366 de febrero 9 del 2009)
“Se entiende por estudiante
con capacidades o con talentos excepcionales aquel que presenta una capacidad
global que le permite obtener sobresalientes resultados en pruebas que miden la
capacidad intelectual y los conocimientos generales, o un desempeño superior y
precoz en un área específica”
(Decreto
366 de febrero 9 del 2009)
El
apoyo pedagógico entonces son los
procesos, procedimientos o estrategias metodológicas que debe tener el personal
que los establecimientos educativos estatales de educación formal deben ofrece
a los estudiantes con discapacidad y con capacidades o talentos excepcionales. Este decreto cuenta
con maravillosas formas de inclusión que no son tenidas en cuenta desde el
primer paso (contar con el personal de apoyo), haciendo que la idea de una
educación inclusiva falle.
Pienso
que la verdadera inclusión e igualdad empezará cuando se hagan leyes, normas,
estatutos y de más, sean pensados desde y para la discapacidad, donde la
segregación no esté presente y la igualdad empiece desde una mirada, un abrazo,
un bus, un asiento y hasta una calle.
Es
la sociedad misma la encargada de limitar al “discapacitado” levantando
barreras invisibles y de esta manera poder dar un trato diferente, haciendo
sentirlos diferentes. Siento que para cambiar estos paradigmas; de la
discapacidad limita o quien es discapacitado no puede o no es nada, nos lleve a
reflexionar sobre la inclusión como ente de transformación.
REFERENCIAS
- https://www.google.com.co/search?rlz=1C1MSIM_enCO776CO776&biw=1600&bih=763&tbm=isch&sa=1&ei=mMSJW9fTHumP5wKwsLnQBw&q=SOCIEDAD+LIMITANTE&oq=SOCIEDAD+LIMITANTE&gs_l=img.3...23161.28892.0.30535.19.15.0.2.2.0.395.2016.2-1j5.6.0....0...1c.1.64.img..11.7.1704.0..0j35i39k1j0i67k1.0.dP7l9nefujE#imgrc=Mkp53RA0iCbShM:
- (Decreto 366 de febrero 9 del 2009)
- DECLARACIÓN MUNDIAL DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
- Modelo social de discapacidad: orígenes, caracterización y plasmación en la convención internacional de los derechos de las personas con discapacidad

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